En la víspera, el MTC emitió los protocolos de bioseguridad autorizando así el inicio del transporte por vía aérea y terrestre a partir del miércoles 15 de julio.

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones publicó en loa víspera los lineamientos sectoriales para la prevención del COVID-19 en la prestación del servicio de transporte aéreo y terrestre de pasajeros a nivel nacional.

El documento -respecto al transporte aéreo y terrestre- contiene las acciones que deben realizar los pasajeros, tripulantes y trabajadores de durante su permanencia en la instalación aérea y terrapuerto, embarque, desembarque y traslado.

-En el transporte aéreo-

Estas son las medidas que deben cumplir los pasajeros:

  1. Solo ingresará el pasajero a la instalación aérea. Sin embargo, en caso de requerir ayuda para su traslado, podrá estar acompañado de una persona.
  2. Los viajeros deben estar tres horas antes de su vuelo en caso se embarquen en el Aeropuerto Internacional Jorge Chávez, y con dos horas de antelación cuando aborden las aeronaves en las instalaciones aéreas de provincias.
  3. Al entrar al terminal aéreo se tomará la temperatura, quienes deberán usar mascarilla y protector facial. Además, desinfectarán las suelas de su calzado y manos.
  4. Entregar una declaración de salud con datos personales. El documento facilita la ubicación del pasajero. Así, se le avisará en caso haya estado sentado cerca a un paciente con coronavirus.  

Estas son las medidas que deben cumplir los aerolíneas:

  1. En las aeronaves, uso de sistema de filtración de aire de alta eficiencia, el cual limpia y renueva el aire cada tres minutos. Es de uso quirúrgico.
  2. Se realizará un embarque ordenado que mantenga el distanciamiento social y evite las aglomeraciones.
  3. Las aeronaves serán desinfectadas antes del despegue y después del aterrizaje, así como cuando pernocten (horas que no están en uso) en el aeropuerto.
  4. Las aerolíneas deberán contar con la documentación que respalde cuáles químicos utilizaron para la sanitización.
  5. Se tomará la temperatura corporal a la tripulación al inicio y fin de su jornada de trabajo. Utilizarán equipo de protección personal (EPP) durante todas las fases del vuelo y serán capacitados para identificar los síntomas del coronavirus y asistir a los pacientes con esta enfermedad.
 

Estas son las medidas que deben cumplir los operadores de los aeropuertos:

  1. Se colocarán paneles de protección a los mostradores, se fomentará el check-in por internet y uso de lectores digitales.
  2. El personal encargado del traslado de maletas y del desembarque también utilizará EPP. Harán pausas para lavarse las manos frecuentemente.
  3. Colocar zonas para la dispensación de alcohol gel en diversos puntos.
  4. Colocar letreros en diferentes idiomas sobre las medidas de higiene y de respeto al distanciamiento social.
  5. Implementar rutinas de sanitización en las áreas comunes e incrementar la cantidad de personal dedicado a la atención médica.

Para la elaboración de este protocolo, los especialistas del MTC trabajaron de forma coordinada con la Asociación de Transporte Aéreo Internacional (IATA Perú), la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), el Ministerio de Salud y los actores de la industria aeronáutica.

-En el transporte terrestre-

 

Estas son las medidas que deben cumplir los pasajeros:

  1. Cumplir con la programación de los viajes y acudir en el tiempo indicado por el transportista.
  2. Acudir a la infraestructura complementaria solamente las personas que realizarán el viaje a excepción de personas mayores o personas con discapacidad que podrán ser acompañados por una persona o de una mascota (perro guía) que cuente con el registro respectivo en el Consejo Nacional de Integración para las Personas con Discapacidad (CONADIS).
  3. Lavarse las manos por un periodo de tiempo mínimo de veinte (20) segundos, con un desinfectante de manos a base de alcohol en gel de 60% a 70% o con agua y jabón, antes del ingreso a la infraestructura complementaria y antes del embarque al vehículo.
  4. Usar obligatoriamente una mascarilla y protector facial, de manera adecuada, antes, durante y al culminar la provisión del servicio.
  5. Antes de ingresar al vehículo debe entregar a la tripulación la declaración jurada, debidamente llenada.
  6. No escupir y no eliminar residuos en el piso del vehículo, debiendo colocarlos en una bolsa de plástico y amarrarla. Una vez que llegue a la estación y/o paradero autorizado, depositarla en el tacho respectivo.
  7. No utilizar mantas, cabezales de asiento y cojines en la unidad vehicular.
  8. Durante la prestación del servicio se debe evitar el consumo de alimentos, salvo ello sea necesario, en cuyo caso no se debe ingerir los alimentos de manera adyacente a otros usuarios, debiendo utilizar gel desinfectante.

Estas son las medidas que deben cumplir la tripulación y los conductores:

  1. Pasar por un control de temperatura corporal con termómetro infrarrojo a cargo, antes y al finalizar el servicio.
  2. Lavarse las manos con agua y jabón, por un periodo de tiempo mínimo de veinte (20) segundos.
  3. Verificar antes de iniciar el servicio que cuentan con alcohol en gel, paños de limpieza y desinfectantes de superficies.
  4. Para el caso del conductor: usar obligatoriamente la mascarilla quirúrgica o mascarilla comunitaria y protector facial.
  5. Para el caso de la tripulación: usar obligatoriamente la mascarilla y protector facial. Dicho elemento de protección debe ser utilizados en forma adecuada y permanente durante toda la prestación del servicio.
  6. Realizar el control de temperatura al usuario mediante un termómetro infrarrojo. En el supuesto que el usuario presente fiebre alta (mayor a 38 °C) o dificultad para respirar, no podrá viajar. Esta condición debe ser indicada al usuario, en formato físico o digital, al momento en el que realice la compra del boleto de viaje.
  7. No se debe permitir el viaje a los usuarios que: (i) presenten vulnerabilidad a las complicaciones por COVID – 19 (ii) tienen sospecha de COVID – 19 o alguien de su círculo cercano es positivo o sospechoso. Las condiciones de salud que no permitan realizar el viaje deberán estar indicadas al usuario, en formato físico o digital, al momento en el que realice la compra del boleto de viaje.
  8. Verificar que el aforo del vehículo se cumpla conforme a lo dispuesto.
  9. Ventilar el habitáculo de los usuarios regularmente, en los puntos de parada.
  10. Asegurar una adecuada ventilación del vehículo en todo momento, evitando la recirculación del aire a través de la apertura de las ventanas, tragaluces y todo medio disponible para aumentar el recambio aéreo, en caso la temperatura lo permita.
  11. Realizar la desinfección de los puntos comunes al tacto como barandas, puertas y manijas de forma frecuente, utilizando líquido desinfectante en base a lejía o alcohol etílico de 60% a 70% o agua oxigenada, aplicados con un paño limpio y sin afectar a los usuarios del servicio; antes del inicio del embarque de los usuarios.
  12. Realizar la desinfección de los servicios higiénicos del vehículo, antes de la prestación del servicio, utilizando líquido desinfectante en base a lejía, alcohol etílico de 60% a 70% o agua oxigenada, aplicados con un paño limpio y sin afectar a los usuarios del servicio.
  13. El personal destinado a la tripulación del servicio debe solicitar y recepcionar o verificar al momento del embarque que los usuarios han presentado las declaraciones juradas.
  14. Comunicar al usuario, cuando sea requerido, la importancia de leer e informarse de las obligaciones como usuarios del servicio, que se encuentra en los letreros o medios audiovisuales dispuestos para tal efecto.
  15. Anunciar a los usuarios, acerca de las medidas de prevención de COVID19 que incluye el uso obligatorio y permanente de la mascarilla y protector facial, salvo para la ingesta de líquidos, alimentos o ante procedimientos de emergencia. Del mismo modo, se debe informar a los usuarios sobre las medidas particulares que se hayan adoptado como son exclusividad en el uso del baño, cancelación del uso de los servicios higiénicos por casos de fuerza mayor, etc.).

Fuente: web gestion.pe

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